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La ejecución de las instalaciones interiores de suministro de agua se viene realizando con materiales y criterios distintos , dada la gran diversidad de entidades que participan en la prestación de este servicio publico.
A fin de que tanto la calidad de los materiales empleados como sus dimensiones y disposición en las instalaciones interiores de suministro de agua sean correctas y eficaces, es conveniente establecer unas normas básicas de ámbito nacional. De este modo se obtendrán las condiciones necesarias y se podrán incorporar los perfeccionamientos tecnológicos que aseguren la calidad y regularidad del servicio y obtener las ventajas derivadas de una fabricaciones con un mercado de mayor dimensión.
A solicitud de las Entidades distribuidoras, la Dirección General de la Energía aprobó diversas resoluciones, estableciendo unas "Normas Técnicas para instalaciones de suministro de agua que tienen actualmente vigencia en las provincias de Barcelona, Málaga, Sevilla, Valencia, Alicante, Cordoba, Navarra, Castellón Gerona, Vizcaya y la Coruña. La favorable acogida con su aplicación promovió un acuerdo de la Agrupación de Agua del Sindicato Nacional del Agua, Gas y Electricidad, por el que se solicita de este Ministerio la extensión de la aplicación de las citadas "normas" a todo el territorio nacional .
Reunidos los informes pertinentes, y previo el dictamen del consejo superior de este ministerio, se considerado oportuno aceptar las sugerencias del Sindicato Nacional del Agua, Gas y Electricidad, por las ventajas señaladas y porque habrán de contribuir a perfeccionar las condiciones generales de los suministros de agua, tanto desde el punto de vista de la calidad y regularidad como por la mayor eficacia en el empleo de los aparatos para el consumo.
En su virtud, Este ministerio ha tenido a bien disponer lo siguiente:
primero.- Se aprueban las Normas básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua, que serán de obligada aplicación en todas las nuevas instalaciones para la prestación del servicio publico de suministro de agua.
Segundo.- En las instalaciones construidas antes de la publicación de estas Normas Básicas, así como aquellas cuyo proyecto hubieran sido presentados a aprobación con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de las citadas Normas, no serán de aplicación obligatoria, salvo que, por ampliación del numero o de la capacidad de los aparatos receptores o del estado defectuoso de la instalación, se produzcan dificultades en el suministro .
Tercero.-Las Entidades suministradoras no podrán aceptar peticiones de servicio para las instalaciones a que se refiere el articulo 1º. ni para las ampliaciones de las existentes a las que se refiere el articulo 2º.de esta Orden, cuando dichas instalaciones, no cumplan las siguientes Normas.
Cuarto .-Las discrepancias que puedan producirse entre los peticionarios y las entidades suministradoras , en orden a la aplicación de estas Normas, serán resueltas por las correspondientes Delegaciones provinciales de este Ministerio.
Quinto las presentes Normas entrarán en vigor a los tres meses, a partir de su aplicación en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto.- La Dirección General de la Energía cuidará de la ejecución de esta Orden y quedara facultada para dictar las instrucciones complementarias que se precise para su aplicación.
NORMAS BÁSICAS PARA LAS INSTALACIONES INTERIORES DE SUMINISTRO DE AGUA
TITULO PRIMERO
Instalaciones interiore de suministro de agua por contador
1.0 OBJETO
El objeto de estas normas es establecer las condiciones mínimas que deben exigirse a las instalaciones interiores para lograr un correcto funcionamiento, en lo que se refiere a suficiencia y regularidad del suministro para las condiciones de uso normales.
1.1 DEFINICIONES GENERALES.
El suministro de agua a un edificio requiere una instalación compuesta de: Acometida, instalación interior general, contador e instalación interior particular.
1.1.1.Acometida con sus llaves de maniobra.- Su instalación correrá a cuenta del suministrador, y sus características se fijaran de acuerdo con la presión del agua, caudal suscrito, consumo previsible, situación del local a suministrar y servicios que comprende ,de acuerdo con el apartado 1.5.1. Como norma general, cada finca tendrá su propio ramal independiente.
1.1.1.1. La "acometida" es la tubería que enlaza la instalación general interior del inmueble con la tubería de la red de distribución. Atravesara el muro de cerramiento del edificio por un agujero practicado por el propietario o abonado, de modo que el tubo quede suelto y permita la libre dilatación, si bien deberá ser rejuntado de forma que a la vez el orificio quede impermeabilizado.
1.1.1.2. La "llave de toma" se encuentra colocada sobre la tubería de la red de distribución y abre el paso a la acometida . Su instalación es conveniente, porque permite hacer tomas en la red y maniobras en las acometidas, sin que la tubería deje de estar en servicio.
1.1.1.3 La "llave de registro" estará situada sobre la acometida en vía publica, junto al edificio. Como la anterior, la maniobrará exclusivamente el suministrador, o persona autorizada, sin que los abonados, propietarios, ni terceras personas puedan manipularla.
1.1.1.4. La "llave de paso" estará situada en la unión de la acometida con el tubo de alimentación, junto al umbral de la puerta en el interior del inmueble. Si fuera preciso, bajo responsabilidad del propietario del inmueble o persona responsable del local en que estuviese instalada, podrá cerrarse para dejar sin agua toda la instalación interior de todo el edificio. Quedara alojada en una cámara impermeabilizada, construida por el propietario o abonado.
1.1.2 Instalación interior general del edificio.- Será realizada por un instalador autorizado por la Delegación Provincial del Ministerio de Industria.
1.1.2.1. El "tubo de alimentación" es la tubería que enlaza la llave de paso del inmueble con la batería de contadores o el contador general. A ser posible, quedará visible en todo su recorrido, y de existir inconvenientes constructivos para ello, quedará enterrado, Alojando en una canalización de obra de fábrica rellena de arena, que dispondrá de un registro en sus extremos que permita la inspección y control de posible fugas.
1.1.2.2. La "batería de contadores divisionarios", cuando se emplee este sistema, se instala al final del tubo de alimentación. Está formada por un conjunto de tubos horizontales y verticales que alimenta los contadores divisionarios, sirviendo de soporte a dichos aparatos y a sus llaves. Los tubos que integran la batería formarán circuitos cerrados, habiendo como máximo tres tubos horizontales.
En todos los casos, la puerta del armario o cámara destinada a la ubicación de la batería deberá ser de una o mas hojas que al abrirse, dejen libre todo el ancho del cuadro. En caso de instalación sobreelevadora han de mantenerse libres para las baterías los espacios necesarios, con independencia del que ocupe aquella.
Las cámaras quedarán situadas en un lugar de fácil acceso y uso común en el inmueble, estando dotadas de iluminación eléctrica, desagüe directo a la alcantarilla, con cuota adecuada y suficientemente separadas de otras dependencias destinadas a la centralización de contadores de gas y electricidad.
La instalación de contadores divisionarios requerirá previa autorización de la correspondiente Delegación Provincial del Ministerio de Industria.
1.1.2.3. El "alojamiento del contador general" Se situará lo mas próximo posible a la llave de paso, evitando total o parcialmente el tubo de alimentación. Se alojará preferentemente en un armario. Solo en casos excepcionales, debidamente justificados, se situará en una cámara, bajo el nivel del suelo. En ambos casos, las dimensiones y condiciones apropiadas, según el calibre, se indican en los cuadros siguientes:
DIMENSIONADO DEL ARMARIO PARA EL CONTADOR GENERAL d a L p
2 50 60 20
3 50 90 30
4 60 130 50
a=altura
L=longitud
p=profundidad
d=diámetro interior
Todas las dimensiones se expresan en centímetros.
La puerta ha de ser de dos hojas.
DIMENSIONES DE LA CÁMARA PARA CONTADOR GENERAL d a b h
4 150 60 40
6 210 70 70
8 220 80 80
10 250 90 80
15 300 100 80
Contador
carri-cuba
90 45 40
contador
fuente
60 40 40
a=longitud
b=anchura
h=profundidad
d=diámetro interior
Todas las dimensiones están en centímetros.
La puerta puede ser de varías hojas.
La cámara tendrá desagüe natural suficiente capaz, en caso de avería de la acometida, evacuar todo el agua al exterior.
1.1.2.4. La "válvula de retención" se situará sobre el tubo de alimentación, junto a su conexión con la batería o, en el caso del contador general, después del mismo. Puede ser de eje vertical u horizontal, según requiera la instalación, y tiene por finalidad proteger la red de distribución contra el retorno de aguas sospechosas.
Es recomendable también poner una protección contra el retorno a la salida de cada contador divisionario.
1.1.3. Contadores.-El aparato será de un sistema y modelo aprobado por el Estado. Su tipo y diámetro se fijarán de acuerdo con el apartado 1.5.4. Podrá utilizarse el suministro por contadores divisionarios o por contador general.
1.1.3.1. Los "contadores divisionarios" miden los consumos particulares de cada abonado. En general se instalaran sobre las baterías, según la norma 1.1.2.2. salvo que existan razones que justifiquen una disposición distinta.
1.1.3.2. El "contador general mide la totalidad de los consumos producidos en el edificio. Deberá situarse según se indica en 1.1.2.3.
1.1.3.3. Deberá preverse para cada contador un dispositivo adecuado para ser comprobado sin necesidad de desmontarlo.
1.1.4. Las instalaciones interiores particulares serán realizadas por un instalador autorizado por la Delegación Provincial del Ministerio de Industria y se atendrán a las presentes normas.
1.1.4.1. El "tubo ascendente o montante" es el tubo que une la salida del contador con la instalación interior particular. Dicho tubo deberá ser capaz de tomar la forma necesaria para enlazar la salida del contador con la posición vertical.
1.1.4.2.la "llave de paso del abonado" se halla instalada sobre el tubo ascendente o montante en un lugar accesible al abonado. El abonado podrá cerrarla para dejar sin agua su instalación particular.
1.1.4.3. La "derivación particular" parte del tubo ascendente o montante y, con objeto de hacer mas difícil el retorno del agua, hace su entrada junto al techo o en todo caso, a un nivel superior al de cualquiera de los aparatos manteniéndose horizontalmente a este nivel. De dicha derivación o de alguna de sus ramificaciones arrancarán las tuberías de recorrido vertical descendente hacia los aparatos.
1.1.4.4. La "derivación del aparato" conecta la derivación particular o de una de sus ramificaciones con el aparato correspondiente.
1.2. CAUDALES MÍNIMOS EN LOS APARATOS DOMESTICOS
Cada uno de los aparatos domésticos deberá recibir, con independencia del estado de funcionamiento de los demás, unos caudales instantáneos mínimos par su utilización adecuada.
1.2.1. Los caudales instantáneos mínimos en los aparatos domésticos serán los siguientes: lavabo 0,10 l/s
bidé 0,10 l/s
sanitario con deposito 0,10 l/s
bañera 0,30 l/s
ducha 0,20 l/s
fregadera 0,20 l/s
office 0,15 l/s
lavadero 0,20 l/s
Las maquinas de lavar vajillas y ropa equivalen, respectivamente a la fregadera y lavadero.
1.2.2. Los "Fluxores" requieren caudales comprendidos entre 1,25 y 2 l/s. Su aplicación en instalaciones domesticas requiere una atención especial ya que por ser dichos caudales muy superiores al de los restantes aparatos, obligan a variar esencialmente las características de la instalación. En este caso las instalaciones deben realizarse de acuerdo con lo indicado en el titulo 4º de estas Normas Básicas.
1.2.3. En la "refrigeración o acondicionamiento de aire " se requieren también caudales elevados y las instalaciones se ajustaran a lo establecido el el titulo 3º de las presentes Normas Básicas.
CLASIFICACIÓN DE LOS SUMINISTROS SEGúN EL CAUDAL INSTALADO
Se entiende por caudal instalado en un suministro la suma de los caudales instantáneos mínimos correspondientes a todos los aparatos instalados en el local.
Según la cuantía de dicho caudal instalado se distinguen los siguientes tipos de suministros:
1.3.1. Suministro tipo A.-su caudal instalado es inferior a 0,6 l/s; corresponde a locales dotados de servicio de agua en cocina lavadero y un sanitario.
1.3.2. Suministro tipo B.- Su caudal instalado es igual o superior a 0.6 l/s ., e inferior a un l/s., corresponde a locales dotados de servicio de agua en cocina, lavadero y un cuarto de baño completo .
1.3.4. Suministro tipo C.- su caudal instalado es igual o superior a un l/s., e inferior a 1,5 l/s,; corresponde a locales dotados de servicio de agua en cocina, office lavadero y un cuarto de baño y otro de aseo.
1.3.5. Suministro tipo E.- Su caudal instalado es igual o superior a dos l/s, e inferior a tres l/s.; corresponde a locales dotados de servicio de agua en la cocina, office, lavadero y dos cuartos de baño y otro de aseo.
1.3.6. En el supuesto de que algún tipo de suministro con caudal superior a los tres l/s., se efectuará el cálculo particular que corresponda.
1.4. MATERIALES QUE CONSTITUYEN LAS INSTALACIONES INTERIORES
1.4.1. Los materiales empleados en tuberías y griferías de las instalaciones interiores deberán ser capaces de forma general y como mínimo para una presión de trabajo de 15kg/cm2, en previsión de la resistencia necesaria para soportar la de servicio y los golpes de ariete provocados por el cierre de los grifos. Deberán ser resistentes a la corrosión y totalmente estables con el tiempo en sus condiciones físicas (resistencia, rugosidad, etc) Tampoco deberán alterar ninguna de las características del agua ( sabor, olor, potabilidad, etc ).
En caso de sustancia plásticas deberán tomarse las precauciones oportunas para que las tuberías queden fuera de la acción del agua caliente.
1.4.2. A los efectos de dimensionamiento, las tuberías se califican, según la rugosidad de sus paredes en dos tipos:
1.4.2.1."tuberías de paredes lisas" son las construidas de plomo, cobre, aluminio, o materias plásticas.
1.4.2.2. " Tuberías de paredes rugosas son las construidas de hierro galvanizado.
A partir de ciertos diámetros se puede emplear, especialmente en en acometidas, tuberías de fundición que deben considerarse como paredes rugosas. Su diámetro se expresa corrientemente en milímetros.
1.4.3. Las llaves empleadas en las instalaciones deben ser de buena calidad y no producirán pérdidas de presión excesivas cuando se encuentren totalmente abiertas. A los efectos de dimensionamiento se clasifican en dos tipos :
1.4.3.1. " Llaves de asiento inclinado y de compuerta" y en general todas aquellas, que estando totalmente abiertas produzcan una perdida de presión menor que la longitud de la tubería de su mismo diámetro y paredes lisas igual a 50 veces dicho diámetro.
1.4.3.2. " Llaves de asiento paralelo", y , en general, todas aquellas que produzcan una pérdida de presión mayor que la indicada en 1.4.3.1. En ningún caso se admitirán llaves cuya pérdida de presión sea superior a la de una longitud de tubería de su mismo diámetro y paredes lisas igual a 600 veces dicho diámetro.
1.5.DIMENSIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES INTERIORES
A continuación se adjuntan, en forma de tablas, las dimensiones y características que, como mínimo han de exigirse a las instalaciones interiores por suministro por contador. Estos datos son suficientes para casi la totalidad de los casos prácticos. Cualquier caso no incluido en ellas será objeto de un estudio en particular por técnico competente.
Los diámetros que se indican son siempre interiores si se indican en milímetros.
En caso de utilizarse plomo, los diámetros exteriores mínimos , en función de los correspondientes diámetros interiores, serán los siguientes: Diámetro interior en mm Diámetro exterior en mm
10 18
12 20
15 25
20 32
25 40
30 46
En los demás materiales, el espesor de la pared deberá ser adecuado para resistir la presión mínima de trabajo de 15 kilogramos/centímetro cuadrado.
1.5.1. Diámetro de la acometida y sus llaves de toma, paso y registro.- El diámetro de las llaves de toma, paso y registro, será el mismo que el de la acometida correspondiente.
El diámetro de la acometida es independiente del sistema de medición de caudales empleado ( ya sea por contador general o batería de contadores divisionarios ).
1.5.1.1. "Diámetro de la acometida y sus llaves cuando utilizan llaves de asiento paralelo" según el tipo de suministro y su número, siendo la longitud de la acometida igual o inferior a seis metros. Tubería de paredes rugosas mm tubería de paredes lisas mm Numero máximo de suministros
tipo A tipo B Tipo C Tipo D Tipo E
25.4 20 2 1 1 - -
31.75 25 5 3 2 1 1
38.10 30 8 5 4 3 2
50.8 40 25 15 12 8 5
1.5.1.2. " Diámetro de las acometidas y sus llaves cuando se utilizan llaves de compuerta o de asiento inclinado" según el tipo de suministro y su número siendo la longitud de la acometida igual o menor de seis metros Tubería de paredes rugosas mm Tubería de paredes lisas mm número máximo de suministros
Tipo A Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E
25.4 20 2 1 1 - -
31.75 25 6 4 3 2 1
38.10 30 15 11 9 7 5
50.8 40 60 40 33 22 17
63.5 60 180 120 90 60 50
76.2 80 400 300 250 200 150
Si la longitud de la acometida está comprendida entre seis y quince metros, estos diámetros deben ser aumentados en 12,7 o 10 milímetros según que la tubería sea de paredes rugosas o lisas .
Si la longitud excede de 15 metros, dichos diámetros deben ser aumentados en 25,4 o 20 milímetros, respectivamente.
1.5.2. Diámetro del tubo de alimentación.- Segun el tipo de suministro y número siendo su longitud igual o menor a 15 metros. Tubería de paredes rugosas mm Tubería de paredes lisas mm Número máximo de suministros
Tipo A Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E
31.75 30 2 1 1 - -
38.10 40 5 3 2 2 1
50.8 50 25 16 14 10 6
63.5 60 75 50 45 40 30
76.2 80 120 90 80 70 60
88.9 100 200 150 130 110 90
Si la longitud está comprendida entre 15 y 40 metros, estos diámetros deben ser aumentados en 12.7 o 10milímetros según que la tubería sea de paredes rugosas o lisas.
Si la longitud excede de 40 metros, dichos diámetros deben ser aumentados en 25.4 o 20 milímetros respectivamente.
1.5.3. Diámetro de la batería de contadores divisionarios .- Todos los tubos de que consta la batería tendrán como mínimo el mismo diámetro que el tubo de alimentación. A partir de 18 contadores tendrán doble alimentación.
1.5.4. Diámetro de los contadores y de sus llaves.
1.5.4.1. "Diámetro de los contadores divisionarios y de sus llaves" Según la altura respecto a la calzada del techo de local que alimentan . tipos de suministro altura Diámetro contador en mm Diámetro llaves de asiento paralelo en mm Diámetro llaves de asiento inclinado o compuerta en mm
A MENOS DE 15 METROS 10 20 10
DE 15 A 25 METROS 10 20 10
B MENOS DE 15 METROS 10 20 10
DE 15 A 25 METROS 13 20 15
C MENOS DE 15 METROS 13 20 15
DE 15 A 25 METROS 15 20 15
D MENOS DE 15 METROS 15 20 15
DE 15 A 25 METROS 20 20 15
E MENOS DE 15 METROS 15 30 15
DE 15 A 25 METROS 20 30 20
1.5.4.2. "Diámetro del contador general y de sus llaves de salida " según el tipo de suministro y su número.Diámetro contador en mm Diámetro llaves de asiento paralelo en mm Diámetro llaves de asiento inclinado en mm Número máximo de suministros
Tipo A Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E
13 20 15 3 2 1 - -
15 25 15 7 5 4 2 1
20 30 20 15 10 8 5 4
25 40 25 25 17 15 9 8
30 40 30 40 25 17 13 11
40 50 40 90 70 62 38 32
50 60 50 150 110 90 65 60
1.5.5. "Diámetro del tubo ascendente o montante" según el tipo de suministro y la entrada del tubo ascendente o montante respecto al nivel de la calzada en la acometida.Altura Tipo de tubería Tipo A Tipos B y C Tipo D Tipo E
Menor o igual a 15 metros lisa 15 20 20 25
menor o igual a 15 metros rugosa 19.5 25.4 25.4 31.75
Mayor de 15 metros lisa 20 20 25 30
Mayor de 15 metros rugosa 25.4 25.4 31.75 31.75
1.5.6. " Diámetro de la llave de paso de abonado" será del mismo diámetro interior que el tubo ascendente o montante correspondiente. El tipo de dicha llave puede ser cualquiera de los indicados en el apartado 1.4.3.
1.5.7." Diámetro de la derivación del suministro " Según los tipos de suministro y material .Tipo de tubería Tipo A Tipo B, C y D Tipo E
lisa 15 20 25
rugosa 19.5 25.4 31.75
1.5.8. " Diámetro de las derivaciones de los aparatos" según los tipos de aparatos, suministro y material.Derivaciones Tubería de paredes lisas Tubería de paredes rugosas
Tipo A Tipo B Tipo C D y E Tipo A Tipo B Tipo C D y E
Lavabos - 10 10 - 12.7 12.7
Bidé - - 10 - - 12.7
Sanitario 10 10 10 12.7 12.7 12.7
Bañera - - 15 - - 19.05
Ducha - 12 12 - 12.7 12.7
Fregadera 12 12 12 12.7 12.7 12.7
office - - 12 - - 12.7
Lavadero 12 12 15 12.7 12.7 19.05
1.6. GRUPOS DE SOBREELEVACIÓN.
El suministro directo de agua por presión de la red queda garantizado, en general, por el suministrador, para todos los abastecimientos cuya altura a la entrada del tubo ascendente o montante respecto al nivel de la calzada en el lugar donde se efectuará la acometida, sea igual o inferior a lo establecido en particular para cada red de abastecimiento.
En casos especiales el suministrador comunicará la altura que corresponda. Los suministros con entrada de su tubo ascendente o montante a nivel superior a la altura garantizada deberán disponer de un medio propio de sobreelevación. Los edificios de mas de 15 plantas requerirán un proyecto especifico y redactado por técnico competente, ya que por su altura será necesario subdividir las sobreelevaciones. En el caso de baterías de contadores divisionarios, las plantas con sobreelevacion dispondrán de una batería independiente de las que se alimentan las plantas que no requieren sobreelevacíón. La sobreelevacion se conseguirá acumulando el agua en recipiente de aire a presión o bien en un deposito abierto elevado.
1.6.1. El equipo de bomba a presión irá situado en la planta baja o en el sótano del edificio.
La puesta en marcha o paro del grupo motobomba será mandado por un presostato encargado de mantener la presión entre dos valores, que se determinan de modo que garanticen el funcionamiento correcto de todos los aparatos instalados. El volumen del recipiente auxiliar debe ser tal que no se produzcan paradas y puestas en marcha demasiado frecuentes que acortarían la vida de los mecanismos.
1.6.1.1. " El caudal de bomba" Funcionando en el limite mas alto de presión deberá aproximarse lo mas posible a los valores expresados en la siguiente tabla en litros por minuto, en función del número de suministros que alimenta.Caudal de la bomba en litros/minuto
número suministros Tipo A Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E
0 -10 25 35 50 60 75
11 -20 40 60 85 100 125
21-30 60 75 110 140 180
31-50 90 150 180 220 280
51-75 150 220 250 290 320
76-100 200 270 290 320 -
101-150 250 300 320 - -
1.6.1.2. "La presión mínima del agua en un recipiente de presión" en metros de columna de agua (m.c.d.a.) se obtendrá añadiendo 15 metros a la altura, en metros sobre la base del recipiente, del techo de la planta mas elevada que tenga que alimentar.
1.6.1.3."Presión máxima del agua en el recipiente de presión" superior en 30 m.c.d.a. a la presión mínima definida en 1.6.1.2.
1.6.1.4. "Volumen del deposito de presión" El volumen total del deposito (agua y aire) en litros será igual o superior al que resulte de multiplicar los coeficientes adjuntos por el número de suministros que alimenta el recipiente.Tipo de suministro Tipo A Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E
Coeficiente 40 50 60 70 80
Este volumen puede reducirse utilizando un compresor de aire ; en tal caso, dicho compresor debe ser capaz de comprimir el aire del recipiente, antes de su puesta en funcionamiento y en ausencia de agua en su interior a una presión comprendida entre 30 y35 m.c.d.a.
El volumen del deposito en litros será en este caso ygualñ o superior al que resulte de multiplicar los coeficientes adjuntos por el número de suministros que alimenta el recipiente.Tipo de suministro Tipo A Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E
coeficiente 15 18 20 23 26
1.6.2. El equipo motobomba con deposito abierto irá situado en la parte alta del edificio.
La puesta en macha o paro del grupo motobomba estarán mandados por los niveles máximo y mínimo del agua en el deposito, a través de un flotador, sondas de nivel o medio equivalente. El volumen del deposito auxiliar debe ser tal que no se produzcan paradas y puestas en macha demasiado frecuentes, que acortarían la vida de los mecanismos, ni la renovación del agua sea tan lenta que altere sus propiedades.
1.6.2.1."Caudal de la bomba" En condiciones de funcionamiento, no será en ningún caso menor que el indicado en el 1.6.1.1.
1.6.2.2."altura mínima del deposito" La altura del deposito debe asegurar una presión correcta en toda la instalación, con un mínimo de cuatro metros de altura sobre el techo de la planta mas alta a alimentar.
1.6.2.3. "Presión máxima en la instalación" Con el fin de evitar que la presión en los aparatos situados en las plantas mas bajas no sea excesiva, la diferencia entre estos y el nivel máximo del agua en el deposito no será mayor de 35 metros.
1.6.2.4. "Volumen del deposito". El volumen útil del deposito en litros, es decir, el determinado por los niveles máximo y mínimo del agua, será igual o superior al que resulte de multiplicar los coeficientes adjuntos por el numero de suministros que alimenta el recipiente.Tipo de suministro Tipo A Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E
coeficiente 8 10 12 14 18
Para que no se origine una retención excesiva del agua es conveniente que el deposito no llegue a ser mayor que 10 veces el volumen anterior. 1.6.2.5. "Detalles constructivos del deposito" debe ser construido de acuerdo con los especificado en el titulo 2º de estas Normas Básicas.
No se tolerara en la fabricación de depósitos para reserva de agua ningún material que sea absorbente o poroso. El deposito se dispondrá de forma que sea fácil y eficaz su limpieza periódica.
Aunque el nivel del agua ha de estar en comunicación con la atmósfera, el deposito será cerrado y se garantizará la estanqueidad de las piezas y empalmes que están unidos a el.
TITULO 2º
Protección contra retorno de agua a las redes publicas de distribución
2.1.DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LAS INSTALACIONES INTERIORES .
Se prohibe la instalación de cualquier clase de aparatos o dispositivos, que por su constitución o modalidad de instalación, hagan posible la introducción de cualquier fluido en las instalaciones interiores o el retorno, voluntario o fortuito del agua de dichas instalaciones.
2.1.1. Se prohibe el empalme directo de la instalación de agua a una condición de evacuación de aguas utilizadas.
2.1.2.Se prohibe establecer uniones entre las conducciones interiores empalmadas a redes de distribución publica y otras instalaciones.
2.1.3. En una canalización unida directamente a la red de distribución publica, se prohíbe la circulación alternativa de agua de dicha distribución y de agua de otro origen.
El agua de distribución publica y de otras procedencias deberán circular por conducciones distintas que no tengan ningún punto de unión.
2.1.4. Cuando en un establecimiento industrial o comercial se utilizan aguas de distintas procedencias, para evitar toda confusión las conducciones relativas al agua potable y distribución publica deberán ser pintadas de color verde con anillos blancos de 10 cmts de longitud, aproximadamente.
2.2.DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS APARATOS
En las bañeras, lavabos. bidets, polibanes, fregaderos, lavadoras, equipos de hospitales, de laboratorios, acuarios, depósitos, fuentes de jardín, abrevaderos y, en general, todos los recipientes y aparatos que de forma usual se alimentan directamente de la distribución de agua, el nivel inferior de la llegada del agua debe verter libremente a 20 milímetros, por lo menos , por encima del borde superior del recipiente o, por lo menos, del nivel máximo del aliviadero.
Se prohíbe la denominada alimentación por abajo o sea la entrada del agua por la parte inferior del recipiente.
2.2.1.En los depósitos con nivel de aire libre, alimentados directamente por medio de un aparato que abra o cierra automáticamente la llegada del agua y que tenga una capacidad inferior a 10 litros, el agua verterá libremente a 20 milímetros, por lo menos, por encima de la coronación del aliviadero o del borde del depósito.
En otros depósitos, el agua, que deberá llegar por un tubo exterior al depósito, verterá libremente a unos 40 mm por lo menos, por encima de la coronación del aliviadero o del borde del depósito.
se prohíbe en estos tipos de depósitos la instalacion de válvulas sumergidas.
dentro de esta clase de depósitos con nivel de aire libre, se clasifican también ciertos tipos de abrevaderos, que pueden ser de nivel constante o equipados con una válvula accionada directamente por el ganado. por lo que respecta a la llegada del agua, se regirán por las prescripciones arriba indicadas.
Es importante prever que en todos los depósitos el aliviadero sea capaz de absorber el máximo caudal que pueda recibir. El aliviadero debe ser mantenido perfectamente libre en todo momento y no puede empalmarse directamente al albañal.
2.2.2.En todos los depósitos cerrados aunque con nivel en comunicación con la atmósfera, El tubo de alimentación desembocará siempre 40 milímetros por encima del nivel máximo del agua, o sea en la parte mas alta de la boca del aliviadero. Este aliviadero será de la capacidad necesaria para evacuar un volumen doble al máximo previsto de la entrada del agua.
El tubo de desagüe del rebosadero no quedará directamente conectado al albañal sino a través de un espacio que sea accesible a la inspección y permita constatar el paso del agua.
2.2.3. Se prohíbe tirar o dejar caer en un recipiente cualquiera la extremidad libre de las prolongaciones flexibles o rígidas empalmadas a la distribución publica.
Las duchas de mano, cuya extremidad libre puede caer accidentalmente en la bañera, estarán provistas de un dispositivo antirretorno , Aceptado por la Delegación Provincial del Ministerio de Industria.
2.2.4. Los aparatos destinados a la refrigeración o acondicionamiento de aire no podrán conectarse a la red de distribución de agua más que intercalando entre la red y el aparato los siguientes elementos.
-Un grifo de cierre
-Un pulgadór del control de estanqueidad del dispositivo de retención .
-Un dispositivo de retención
2.2.5. Las cubetas de los inodoros no pueden ser alimentadas por agua de la distribución publica más que por medio de depósitos o válvulas de descarga (fuxores).
Las válvulas de descarga, que deben situarse a 200 milímetros, como mínimo , por encima del borde superior de las cubetas, estarán provistas de dispositivos de aspiración de aire destinado a impedir cualquier retorno de agua. La sección de paso de aire a través de las válvulas de aspiración no podrá en ningún punto ser inferior a un centímetro cuadrado y deberá estar siempre libre.
Los urinarios cuyos orificios de desagüe puedan quedar cubiertos por el agua deben proveerse de un deposito de descarga.
2.3. AGUA CALIENTE
Los depósitos de agua caliente de una capacidad superior a 10 litros no pueden estar conectados directamente a la red de distribución más que bajo la condición de instalar en la conducción de agua fría, junto a la entrada del depósito y en sentido de la circulación del agua los dispositivos siguientes:
-Un grifo de cierre
-Un purgador del control de estanqueidad del dispositivo de retención.
-Un dispositivo de retención.
-Una válvula de seguridad, cuya tubería de evacuación vierta libremente por encima del borde superior de elevamiento que recoja el agua.
La tubería de evacuación y la válvula de seguridad no pueden ser empalmadas directamente a un albañal.
2.3.1. Los grifos mezcladores de agua caliente y fría han de ser de un modelo que no permita el paso del agua caliente hacia el conducto del agua fría y viceversa.
2.4.CALDERAS DE CALEFACCIÓN CENTRAL
2.4.1. Las instalaciones de calefacción central por agua caliente no pueden ser empalmadas directamente a una red de distribución publica. Su alimentación se hará vertiendo libremente a un depósito de expansión.
2.4.2. Las calderas de vapor o de agua caliente con sobrepresión no pueden ser empalmadas directamente a la red de distribución publica. Cualquier dispositivo o aparato de alimentación que se utilice deberá partir de un deposito, para el que se cumplirán las disposiciones establecidas mas arriba.
2.5. APARATOS DESCALCIFICADORES DE AGUA.
2.5.1. Las instalaciones interiores que contengan aparatos descalcificadores, cualquiera que sea el tipo de aparato, deberán estar provistas de un dispositivo que impida el retorno, aprobado por la Delegación Provincial del Ministerio de Industria.
Este dispositivo antirretorno se situará antes de los aparatos descalcificadores, lo mas cerca posible de los contadores.
2.5.2. Cuando el aparato descalcificador se instale en un calentador de agua, es indispensable tomar todas las precauciones necesarias para evitar sobrepesiones peligrosas.
2.6. BOMBAS
2.6.1.Las bombas no se conectaran directamente a las tubería de llegada del agua del suministro.
Si la instalación interior requiere una presión más elevada que la disponible en la red del distribuidor, el abonado deberá, aumentarla por medio de una instalación de bombeo alimentada desde un depósito.
2.6.2.Excepcionalmente, autorizado expresamente por la Delegación Provincial de Ministerio de Industria, se podrá utilizar la conexión de la bomba directamente a la red, equipándola con los dispositivos de protección y aislamiento que se determine en cada caso.
Esta protección deberá incluir un dispositivo que provoque el cierre de la aspiración y la parada de la bomba en caso de depresión en la tubería de alimentación.
2.7.DISPOSITIVOS PARA IMPEDIR EL RETORNO
2.7.1. Todas las acometidas de distribución de agua para uso domestico se equiparán con una válvula de retención.
2.7.2.Todas las acometidas de distribución de agua que no estén destinadas exclusivamente a necesidades domesticas deberán estar provistas de un dispositivo antirretorno, así como una purga de control.
En todos los casos, las válvulas o dispositivos, deberán ser de un tipo aprobado por el Ministerio de Industria, y se instalarán inmediatamente después del contador.
TITULO 3º
Suministro de agua para refrigeración y acondicionamiento de aire.
3.0. PREAMBULO
El agua que se emplea para la refrigeración o acondicionamiento de aire tiene por finalidad absorber el calor, por lo cual se eleva su temperatura en unos grados .
No es lógico verter este agua al alcantarillado y desaprovechar unos caudales considerables de agua potable que se han empleado unicamente para absorber cierta cantidad de calor, cuando en la actualidad la mayoría de los estados, organismos, y empresas dedicadas al suministro de agua están cada vez mas preocupados por la escasez de agua que se empieza a sentir en todo el mundo.
Por otra parte , el consumo de agua, para estos fines, es tantas veces superior al que corresponde a los usos corrientes que, aun disponiendo de la necesaria, las instalaciones de distribución de agua deberían sufrir un cambio total para hacer frente a esta demanda extraordinaria.
Teniendo en cuenta que es posible reducir este consumo de agua en un 75 por 100, mediante el empleo de sistemas de recirculación de agua, en los que ésta actúa solamente de fluido intermedio para disipar el calor en la atmosfera, en cuyo caso sólo es necesario reponer las pérdidas que tenga el sistema, lógicamente deberá procederse a un uso racional del agua.
3.1. DEFINICIONES
3.1.1. "Sistema de refrigeración" es una instalación para el mantenimiento, por eliminación del calor , de las temperaturas de 15´ C o inferiores.
3.1.2. "Sistema de aire acondicionado" es una instalación para el mantenimiento, por eliminación de calor, de temperatura superior a los 15 C.
3.1.3."Suministrador" significa la empresa u organismo de quien depende la distribución y suministro de agua.
3.1.4."Válvula de regulación automática" significa una válvula autorregulable u otro dispositivo, cuya función sea limitar el consumo máximo del agua en las unidades que carezcan de instalaciones de recirculación. Se establece este limite de 0,1 litro por frigoría.
3.1.5. "Instalación de recirculación" significa un condensador de evaporación, torre de refrigeración de agua, pulverizador, economizador o aparato similar, mediante el cual no se consumirá agua de la red en cantidad superior al 25 por 100 de la cantidad que normalmente se utilizaría sin tal equipo, incluyendo en este porcentaje la purga y limpieza de esto.
3.2.PETICIÓN DE SUMINISTRO
3.2.1.La solicitud de suministro de agua para instalar un equipo, de refrigeración de aire acondicionado en cualquier edificio, deberá ser formulada antes de su instalación a la Delegación Provincial del Ministerio de Industria, indicando las características técnicas del mismo, en especial la capacidad térmica en frigorías-hora y la potencia absorbida en kilovatios, así como los caudales de agua necesarios.
3.2.2. La aceptación del suministro para refrigeración o acondicionamiento de aire estará condicionada a que las instalaciones distribuidoras existentes tengan capacidad suficiente para ello.
En caso contrario, previamente a la formalización del suministro, deberán ser sustituidas las instalaciones existentes por las adecuadas en evitación de los perjuicios que, de otro modo se ocasionarían a los usuarios.
3.2.3. Cuando las necesidades preferentes de agua en el orden general estén aseguradas, situación que, en caso necesario, definirá la Delegación Provincial del Ministerio de Industria, el suministrador vendrá obligado a aceptar el suministro, siempre que las instalaciones se ajusten a las presentes normas.
3.3.NORMAS GENERALES
3.3.1.Cada conexión directa a una unidad de acondicionamiento de aire o refrigeración que utilice agua de la red publica deberá equiparse con una válvula de retención y a no más de 0.60 metros de la entrada del aparato.
3.3.2.Cada unidad que contenga mas de nueve kilogramos de refrigerante estará provista de una válvula de seguridad instalada entre la válvula de retención y el aparato. Esta válvula se regulará a cuatro metros de columna de agua por encima de la presión máxima del agua en el punto de instalación
3.3.3.El agua residual procedente de todos los aparatos que tengan conexión directa a la red pública. verterá a un receptáculo y el extremo del tubo de descarga se colocará por lo menos veinte milímetros por encima del borde del receptáculo.
3.3.4.Siempre que sea posible se preferirá la conexión no directa, en cuyo caso no serán de aplicación los apartados 3.3.1. y 3.3.2. y el tubo de alimentación del agua deberá verter, por lo menos, 20 milímetros por encima del nivel máximo del aliviadero o depósito que reciba el agua.
3.3.5.Cuando se utilice una instalación de recirculación, la conexión no puede ser directa y el tubo de alimentación del agua deberá verter, por lo menos, 20 milímetros por encima del nivel máximo del aliviadero del depósito que reciba el agua.
3.3.6. Cuando el sistema exceda de las 3000 frigorías por hora el suministro requerirá un contrato especifico para esta finalidad y deberá medirse por contador independiente de suministro para las otras finalidades.
3.4. REFRIGERACIÓN
3.4.1. Todos los sistemas de refrigeración que utilicen agua de la red pública, en cualquier local, y tengan una capacidad total o inferior a 18000 frigorías por hora, si no poseen instalación de recirculación deberán estar provistos de una válvula re regulación automática en cada unidad del sistema.
3.4.2.Todos los sistemas de refrigeración que utilicen agua de la red pública en cualquier local, y tengan una capacidad total igual o superior a 18.000 frigorías por hora, deberán equiparse con una instalación de recirculación.
3.5.ACONDICIONAMIENTO DE AIRE
3.5.1.Todos los sistemas de aire acondicionado que utilicen agua de la red pública, en cualquier local, y tengan una capacidad total inferíor a 6000 frigorías por hora, si no poseen instalación de recirculación, deberán estar provistos de una válvula de regulación automática en cada unidad del sistema.
3.5.2.Todos los sistema de aire acondicionado de la red pública, en cualquier local, y tengan una capacidad total igual o superior a 6000 frigorías por hora, deberán equiparse con una instalación de recirculación.
3.6.INSPECCIÓN
Con independencia de las inspecciones que puedan realizar los servicios técnicos de las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria, el personal del suministrador, previa identificación, podrá, en cualquier caso, tener acceso a todas las partes de la instalación para hacer las comprobaciones que crea oportunas.
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